ISSN: 1139-8736


4. La confección de las entradas y criterios de selección

En la confección de las entradas se aplicaron varios criterios. Podemos distinguir dos tipos: criterios de restricción y criterios de no-restricción:

El criterio de la sincronía limita las entradas a elementos en uso de los dos últimos decenios del siglo XX, es un criterio de restricción temporal.

El criterio diferencial reduce los elementos integrados a los que presentan en su uso actual algún rasgo diferenciador con respecto al castellano peninsular (es este el criterio principal y característico del diccionario).

El criterio de difusión geográfica mínima determina la exclusión de elementos con una difusión puramente local, se registran sólo elementos léxicos usuales en toda Argentina o o Cuba o de amplias zonas del país respectivo.

También se aplicó un criterio que llaman "de frecuencia y actualidad mínima“. Según este se registran sólo elementos "encontrados en varios textos primarios y cuyo uso ha sido confirmado por distintos informantes“. Este criterio es importante pero peligroso a la vez. Se sabe que muchas vezes se registran palabras en diccionarios inexistentes o fuero de uso, lexemas fantásticas. Eliminar éstas, es un postulado importante en la lexicografía, pero al mismo tiempo la aplicación de una actitud restrictiva, como lo reclaman los autores de los DCEA puede causar la eliminación de neologismos todavía poco difundidos. Con ello (y ya con el criterio de difusión geográfica mínima) nos encontramos frente a un problema central: los usuarios de diccionarios del español de Argentina y Cuba podrían esperar idealmente la inclusión de todos los argentinismos y cubanismos. De no haber encontrado todos sería únicamente un problema práctico, de excluir los elementos encontrados por los criterios mencionados, si embargo, es una decisión de índole teórica que no todos lexicógrafos están dispuestos de aceptar. Su inclusión con una marca "poco frecuente“, "uso local“ y otros hubiera – a mi manera de ver- aumentado la riqueza de información de los diccionarios.

El último criterio restrictivo es el de excluir nombres própios (antropónimos, topónimos, nombres de instituciones etc.), una decisión que toman la mayoría de los lexicógrafos, bien fundamentada en la teoría lexicologica, pero a veces no observada por razones prácticos y demandas de usuarios.

Los criterios de no restricción son dos: el criterio geolectal de contrastividad de orientación peninsular implica la inclusión de elementos en uso en otros países hispanoamericanos. En el DEArg se hace referencia especial al hecho de una identidad considerable con el español en Uruguay: "Del cotejo con el NDUr (...) resulta, por ejemplo, un alto porcentaje de los elementos léxicos consignados en el presente diccionario, usuales en toda Argentina o en parte de este país, también usuales en el español de Uruguay (...)“ (DEArg: XX). En el DECub no se hace referencia a variedades del español cercanas al de Cuba.

El otro criterio es el de no exclusión de elementos por razones normativas. Es evidente que la aplicación de un criterio normativo hubiera sido extremadamente contraproducente a la meta misma de los DCEA, ya que una parte considerable de argentinismos, cubanismos, bolivianismos etc. se ha creado en lo que se llama la variedad no estandard entre la cual figuran también elementos léxicos estigmatizados por la actitud normativa de ciertas capas sociales de la comunidad de hablantes, además de representar una concepción ideologizada y superada de la língüística.







Volumen 23 (2006)
ISSN: 1139-8736