11.3 El género del nombre de persona y su interpretación
Consideremos primero los nombres contables de persona y la interpretación referencial que tienen, tomando como ejemplo tía/tío. Un enfoque tradicional es tratar tía/tío como un solo nombre con sufijos desinenciales, una masculina, con interpretación: [DE SEXO MASCULINO] o [MACHO] y otra femenina, con interpretación [DE SEXO FEMENINO] o [HEMBRA]. La interpretación del rasgo de género asociado con el sufijo o forma desinencial es sugestiva en este caso: el género morfológico corre paralelo con el sexo del referente.
Consideremos otros casos, de nombres de persona en que la interpretación "sexual" no se asocia con ningún sufijo.
En primer lugar, madre y nuera son nombres femeninos de persona, que refieren a mujeres, evidentemente. Los referentes del otro sexo se expresan con otras palabras, que tienen bases distintas: a la madre le corresponde el padre y a la nuera, el yerno. Se sigue que hay una irregularidad léxica, que requiere un tratamiento especial.
En segundo lugar, hay unas pocas palabras como testigo y modelo, que tienen género femenino o masculino, con cambio de interpretación correspondiente, sin que se note variación en el sufijo del nombre. El sufijo -o sugiere la presencia de una desinencia masculina, pero no hay formas con sufijo -a, que serían *testiga y *modela, para denotar personas de sexo femenino que tienen las propiedades expresadas por la base.
En tercer lugar, hay palabras como persona y víctima, de género femenino invariable, y palabras como individuo y ser (humano), de género masculino invariable, con referente de persona masculina o femenina.
Otro aspecto curioso de los nombres de persona con "variantes" masculina y femenina es la "debilidad" de la variante masculina, que consiste en que el plural masculino refiere a varias personas, todas hombres o parte hombres y parte mujeres. Por ejemplo, los tíos puede referir al matrimonio compuesto por el tío y la tía, interpretación que no se da para el plural femenino las tías, que refiere a varias parientes femeninas. La forma femenina plural, pues, refiere a personas del sexo femenino, mientras que la forma masculina plural refiere a personas del sexo masculino o a personas, unas del sexo masculino y otras del sexo femenino.
El adjetivo que modifica o determina un nombre léxico, o un nombre nulo con antecedente nominal, "pierde" sus rasgos de género y número, a condición de que acompañe a un nombre (léxico o nulo) con los mismos valores de número y género. Esta pérdida por eliminación de los rasgos de número y género del adjetivo es necesaria para evitar una construcción que "fracasa" por ininterpretabilidad de los rasgos morfológicos no eliminados del adjetivo.
Un caso especial lo constituyen los adjetivos que no modifican ni determinan ningún nombre léxico o nulo con
antecedente nominal. El efecto no es necesariamente un "fracaso", sino una interpretación de [PERSONA] en que el género masculino
del adjetivo suele implicar referencia a una persona de sexo masculino y el género femenino, referencia a una persona de sexo
femenino. En plural, el género masculino refiere a un grupo compuesto por personas de sexo masculino exclusivamente o de sexo
masculino unos y de sexo femenino otros. El femenino plural del adjetivo sin antecedente implica referencia a personas de sexo
femenino.
Volumen 22 (2005) ISSN: 1139-8736 |